Cinco ex integrantes del Ejército y de la Policía provincial fueron condenados este miércoles a 25 años de prisión al ser encontrados culpables de delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar, en tanto un ex comandante de Gendarmería y dos militares fueron sentenciados a 18 y 7 años de cárcel, respectivamente.
Las penas escalonadas a los ocho represores fueron aplicadas por el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Formosa, en el marco del histórico juicio a militares y policías retirados que durante tres meses se llevó a cabo en esta ciudad.
Al término de los alegatos producidos por los querellantes, la fiscalía y la defensa, el tribunal -integrado por los jueces Manuel Moreira, Carlos Soda y Norma Lampugnani- pasó a deliberar en un cuarto intermedio que duró poco más de dos horas, y a las 20.10 el presidente del cuerpo colegiado dio lectura al veredicto del histórico proceso entablado a militares y policías retirados que fueron juzgados como autores materiales del secuestro, tortura y muerte de decenas de formoseños detenidos en la dictadura instaurada a partir del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.
En todos los casos, el tribunal tipificó como de lesa humanidad a estos delitos que fueron consumados en el marco de un plan genocida.
CONDENADOS Y PENAS
Juan Carlos Camicha, ex suboficial del Ejército, quien durante la represión militar prestaba servicios en el Regimiento de Infantería de Monte 29, fue condenado a la pena de 25 años de cárcel como coautor de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en 74 hechos probados, tormentos agravados en 43 casos y tormento agravado seguido de muerte en 4 hechos.
La misma pena le correspondió al suboficial retirado de la Policía provincial José Medina, quien fue encontrado culpable de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad (11 hechos), tormento agravado (11 casos) y tormento agravado seguido de muerte en dos hechos.
Sergio Gil, también retirado de las filas de la Policía, recibió la misma sentencia de 25 años de cárcel, como coautor de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en 11 hechos, tormento agravado (11 casos) y tormento agravado seguido de muerte en dos circunstancias.
Luís González y Félix Oscar Romero, ambos policías retirados, recibieron idéntica condena y bajo la misma tipificación penal y número de casos probados. Los cuatro policías condenados a la máxima pena prevista por el Código Penal Argentino cumplían funciones en la Sección Cuatrerismo de la UEAR situada en el barrio San Antonio, donde funcionó uno de los centros clandestinos de detención descubiertos en Formosa.
Por su parte, el comandante retirado de Gendarmería Mario Osvaldo Sosa fue sentenciado a 18 años de prisión como coautor de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en 12 hechos, tormento agravado (12 casos) y tormento agravado seguido de muerte en tres hechos.
Asimismo, el médico Faustino Blanco Cabrera, quien durante la represión militar trabajó en el RIMte 29, fue condenado a 7 años de prisión al ser encontrado penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita y partícipe necesario de tormento agravado.
El último sentenciado fue el militar retirado Ernesto Hugo Kishimoto, quien tras ser hallado culpable de los delitos de asociación ilícita y privación ilegítima de la libertad agravada en dos hechos recibió la pena de 7 años de prisión.
En los ocho casos el Tribunal fijó como accesorias de la pena inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.
NUEVAS INVESTIGACIONES
El veredicto leído por el doctor Moreira dispuso además que se abran nuevas investigaciones tomando como base los numerosos testimonios escuchados durante el prolongado juicio oral y público. En tal sentido ordenó que se extraigan copias de diferentes testimonios a fin de establecer la posible participación o responsabilidad penal en hechos relacionados con los delitos investigados del ex ministro de Gobierno Lorenzo Elvio Borrini, el ex juez Federal de Formosa, José Luís Vivas y la ex jefa de la Alcaidía de Mujeres, Dora Regenni.
Los fundamentos de la sentencia serán leídos en una audiencia que fue fijada para el día 6 de diciembre de ese año a las 8 horas en la sede del Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Formosa.
Cuando finalizó la lectura el público presente expresó su conformidad con un cerrado aplauso y miembros de la agrupación H.I.J.O.S. corearon canciones contra la represión militar.
Durante toda la audiencia un imponente cordón humano conformado por oficiales del Servicio Penitenciaron Federal fuertemente armados con pistolas y escudos, custodió y protegió a los ocho ex militares que sentados en sus asientos escucharon la sentencia leída por el presidente del Tribunal.
Al término de la audiencia, el abogado querellante y víctima de la represión militar, Pedro Velásquez Ibarra expresó su conformidad con los alcances de la sentencia y ponderó el comportamiento que tuvieron los integrantes del Tribunal, calificándolos de ?idóneos? que trataron con mucho respeto a las víctimas y familiares de la dictadura y supieron poner límites a los excesos de las partes.
No obstante dijo que lo apropiado hubiera sido que la condena sea a reclusión perpetua por el delito de homicidio tríplemente agravado, pero explicó que a partir del antecedente en el año 2009 de la sentencia a 25 años de cárcel al ex gobernador Juan Carlos Colombo como organizador de toda la represión militar en Formosa, el tribunal estaba impedido de superar esta barrera punitiva y ahora no podía aplicar una pena superior.
Fuente:http://diariopinion.com.ar
Las penas escalonadas a los ocho represores fueron aplicadas por el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Formosa, en el marco del histórico juicio a militares y policías retirados que durante tres meses se llevó a cabo en esta ciudad.
Al término de los alegatos producidos por los querellantes, la fiscalía y la defensa, el tribunal -integrado por los jueces Manuel Moreira, Carlos Soda y Norma Lampugnani- pasó a deliberar en un cuarto intermedio que duró poco más de dos horas, y a las 20.10 el presidente del cuerpo colegiado dio lectura al veredicto del histórico proceso entablado a militares y policías retirados que fueron juzgados como autores materiales del secuestro, tortura y muerte de decenas de formoseños detenidos en la dictadura instaurada a partir del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.
En todos los casos, el tribunal tipificó como de lesa humanidad a estos delitos que fueron consumados en el marco de un plan genocida.
CONDENADOS Y PENAS
Juan Carlos Camicha, ex suboficial del Ejército, quien durante la represión militar prestaba servicios en el Regimiento de Infantería de Monte 29, fue condenado a la pena de 25 años de cárcel como coautor de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en 74 hechos probados, tormentos agravados en 43 casos y tormento agravado seguido de muerte en 4 hechos.
La misma pena le correspondió al suboficial retirado de la Policía provincial José Medina, quien fue encontrado culpable de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad (11 hechos), tormento agravado (11 casos) y tormento agravado seguido de muerte en dos hechos.
Sergio Gil, también retirado de las filas de la Policía, recibió la misma sentencia de 25 años de cárcel, como coautor de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en 11 hechos, tormento agravado (11 casos) y tormento agravado seguido de muerte en dos circunstancias.
Luís González y Félix Oscar Romero, ambos policías retirados, recibieron idéntica condena y bajo la misma tipificación penal y número de casos probados. Los cuatro policías condenados a la máxima pena prevista por el Código Penal Argentino cumplían funciones en la Sección Cuatrerismo de la UEAR situada en el barrio San Antonio, donde funcionó uno de los centros clandestinos de detención descubiertos en Formosa.
Por su parte, el comandante retirado de Gendarmería Mario Osvaldo Sosa fue sentenciado a 18 años de prisión como coautor de los delitos de asociación ilícita, privación ilegítima de la libertad agravada en 12 hechos, tormento agravado (12 casos) y tormento agravado seguido de muerte en tres hechos.
Asimismo, el médico Faustino Blanco Cabrera, quien durante la represión militar trabajó en el RIMte 29, fue condenado a 7 años de prisión al ser encontrado penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita y partícipe necesario de tormento agravado.
El último sentenciado fue el militar retirado Ernesto Hugo Kishimoto, quien tras ser hallado culpable de los delitos de asociación ilícita y privación ilegítima de la libertad agravada en dos hechos recibió la pena de 7 años de prisión.
En los ocho casos el Tribunal fijó como accesorias de la pena inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.
NUEVAS INVESTIGACIONES
El veredicto leído por el doctor Moreira dispuso además que se abran nuevas investigaciones tomando como base los numerosos testimonios escuchados durante el prolongado juicio oral y público. En tal sentido ordenó que se extraigan copias de diferentes testimonios a fin de establecer la posible participación o responsabilidad penal en hechos relacionados con los delitos investigados del ex ministro de Gobierno Lorenzo Elvio Borrini, el ex juez Federal de Formosa, José Luís Vivas y la ex jefa de la Alcaidía de Mujeres, Dora Regenni.
Los fundamentos de la sentencia serán leídos en una audiencia que fue fijada para el día 6 de diciembre de ese año a las 8 horas en la sede del Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Formosa.
Cuando finalizó la lectura el público presente expresó su conformidad con un cerrado aplauso y miembros de la agrupación H.I.J.O.S. corearon canciones contra la represión militar.
Durante toda la audiencia un imponente cordón humano conformado por oficiales del Servicio Penitenciaron Federal fuertemente armados con pistolas y escudos, custodió y protegió a los ocho ex militares que sentados en sus asientos escucharon la sentencia leída por el presidente del Tribunal.
Al término de la audiencia, el abogado querellante y víctima de la represión militar, Pedro Velásquez Ibarra expresó su conformidad con los alcances de la sentencia y ponderó el comportamiento que tuvieron los integrantes del Tribunal, calificándolos de ?idóneos? que trataron con mucho respeto a las víctimas y familiares de la dictadura y supieron poner límites a los excesos de las partes.
No obstante dijo que lo apropiado hubiera sido que la condena sea a reclusión perpetua por el delito de homicidio tríplemente agravado, pero explicó que a partir del antecedente en el año 2009 de la sentencia a 25 años de cárcel al ex gobernador Juan Carlos Colombo como organizador de toda la represión militar en Formosa, el tribunal estaba impedido de superar esta barrera punitiva y ahora no podía aplicar una pena superior.
Fuente:http://diariopinion.com.ar